Estado de la Directiva de Transparencia Salarial de la UE en Eslovenia: Incumplido: Sin Borrador Todavía
Eslovenia no ha publicado ningún proyecto de ley de transposición. Un grupo de trabajo dentro del Ministerio de Trabajo, Familia, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades ha estado preparando modificaciones de la Ley de Relaciones Laborales y de la Ley de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres, pero no se ha publicado ningún texto para consulta ni se ha anunciado públicamente ningún calendario legislativo. Eslovenia incumplió el plazo del 7 de junio de 2026 a nivel de la UE junto con la gran mayoría de los Estados miembros, pero, a diferencia de Portugal y Rumanía, todavía no ha llegado siquiera a la fase de publicación de un borrador, lo que la convierte en uno de los países menos avanzados en el proceso de transposición. Incumplir el plazo no elimina las obligaciones subyacentes de Eslovenia en virtud de la propia Directiva, y las empresas eslovenas por encima de los umbrales de la Directiva deben seguir esperando un hito de reporte para 2027 una vez que las normas nacionales de aplicación finalmente se pongan al día. Dado que todavía no existe ningún proyecto de ley esloveno, los detalles que se indican a continuación (umbrales, sanciones y la identidad de la autoridad encargada de la aplicación) se basan en lo que la Directiva de la UE exige a los Estados miembros que adopten eventualmente, no en legislación eslovena confirmada, y deben considerarse provisionales hasta que Eslovenia publique un proyecto de ley real.
¿Qué es la transparencia salarial y a quién se aplica?
La Directiva de Transparencia Salarial de la UE (Directiva (UE) 2023/970) es una ley vinculante de la UE que exige la igualdad retributiva para el mismo trabajo entre mujeres y hombres. Introduce normas obligatorias sobre divulgación salarial, informes de brecha salarial y derechos de los trabajadores.
La Ley de Relaciones Laborales de Eslovenia ya establece un derecho general a la igualdad de retribución por un trabajo igual, pero no contiene ningún deber obligatorio de reporte de brecha salarial de género para las empresas privadas. Para cumplir con la Directiva de la UE 2023/970, el Ministerio de Trabajo, Familia, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de Eslovenia está preparando modificaciones de la Ley de Relaciones Laborales y de la Ley de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres, pero a principios de agosto de 2026 no se ha publicado ningún proyecto de ley formal. Eslovenia, por tanto, incumplió el plazo de transposición del 7 de junio de 2026 a nivel de la UE y parece encontrarse en una fase más temprana que Portugal o Rumanía, ambos con al menos un borrador publicado.
Ninguna empresa eslovena está todavía legalmente obligada a reportar brechas salariales de género; una vez que se transponga la Directiva, se espera que el reporte obligatorio se aplique solo a las empresas con 100 o más empleados, en las mismas bandas de 100 a 149, 150 a 249 y 250 o más utilizadas en el resto de la UE, mientras que las empresas eslovenas más pequeñas quedarían exentas del reporte, aunque seguirían sujetas al deber de igualdad de retribución ya existente.
Qué deben hacer los empleadores en Eslovenia
Todas las empresas, independientemente de su tamaño (legislación eslovena vigente)
- Cumplir el deber general de igualdad de retribución por un trabajo igual y un trabajo de igual valor en virtud de la Ley de Relaciones Laborales
- Prepararse para una prohibición esperada de preguntar a los candidatos por su historial salarial una vez que Eslovenia transponga la Directiva
- Prepararse para los requisitos esperados de anuncios de empleo neutros en cuanto al género
Empresas con entre 100 y 149 empleados (esperado una vez transpuesta)
- Presentar un informe de brecha salarial de género una vez cada tres años, con un primer plazo probable en torno a 2031 según el propio calendario de la Directiva
- Divulgar rangos salariales a los candidatos antes de la entrevista o en las ofertas de empleo
- Llevar a cabo una Evaluación Conjunta de Retribución con los representantes de los trabajadores si persiste una brecha salarial injustificada del 5% o más durante seis meses
Empresas con entre 150 y 249 empleados (esperado una vez transpuesta)
- Presentar un informe trienal de brecha salarial de género, con un primer plazo probable en torno a 2027
- Responder a las solicitudes individuales de los empleados de información retributiva en un plazo razonable, previsto para reflejar el estándar de dos meses de la Directiva
Empresas con 250 o más empleados (esperado una vez transpuesta)
- Presentar un informe anual de brecha salarial de género que cubra las brechas medias y medianas y la retribución variable
- Reportar la distribución de género en los cuartiles retributivos y las brechas salariales por categoría de puesto
Plazos clave
Sanciones por incumplimiento en Eslovenia
Todavía no se ha definido ningún régimen de sanciones en la legislación eslovena, ya que no se ha publicado ningún proyecto de ley de transposición. La Directiva exige a Eslovenia adoptar eventualmente multas y remedios que sean efectivos, proporcionados y disuasorios, probablemente incluyendo una inversión de la carga de la prueba en los casos de discriminación salarial, pero los importes exactos en euros no pueden confirmarse hasta que se redacte la ley eslovena.
Se espera que la aplicación involucre a la Inspección de Trabajo de Eslovenia para el reporte y el cumplimiento en el lugar de trabajo, junto con el Defensor del Principio de Igualdad para las reclamaciones individuales de discriminación, aunque esto todavía no se ha confirmado formalmente en la legislación.
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Preguntas frecuentes sobre transparencia salarial en Eslovenia
No. A partir de agosto de 2026, Eslovenia ni siquiera ha publicado un proyecto de ley de transposición, lo que la convierte en uno de los países de la UE menos avanzados en este tema, muy por detrás del plazo del 7 de junio de 2026 de la UE.