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Transparencia salarial en Eslovaquia: guía para empleadores 2026

Información legal revisada por última vez el 03/08/2026

Estado de la Directiva de Transparencia Salarial de la UE en Eslovaquia: En Vigor

La Ley Eslovaca de Igualdad Retributiva, Ley n.º 76/2026 Coll. (publicada en el Boletín Legal eslovaco como 76/2026 Z. z.), fue aprobada por el Consejo Nacional el 15 de abril de 2026, firmada por el Presidente el 23 de abril de 2026, publicada el 8 de mayo de 2026, y entró en vigor el 7 de junio de 2026, el mismo día que el plazo de transposición a nivel de la UE. Esto significa que la ley eslovaca está plenamente en vigor hoy, no es una propuesta pendiente de aprobación, y sustituye la dependencia de los principios generales de igualdad de retribución del Código del Trabajo por un estatuto dedicado que cubre la transparencia en la contratación, los derechos de información retributiva interna, el reporte estructurado y una inversión de la carga de la prueba. Un plazo de aplicación relacionado siguió muy de cerca: las empresas eslovacas debían contar con una estructura retributiva conforme y objetiva antes del 31 de julio de 2026. El Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, la Inspección de Trabajo, y el Centro Nacional Eslovaco de Derechos Humanos comparten las responsabilidades de aplicación. Dado que la ley es nueva, algunos detalles procedimentales, como el formato exacto de los informes trienales y anuales que vencen a partir de 2027, todavía se estaban aclarando en la práctica, pero las obligaciones principales de las empresas descritas a continuación ya son legalmente vinculantes en Eslovaquia hoy.

¿Qué es la transparencia salarial y a quién se aplica?

La Directiva de Transparencia Salarial de la UE (Directiva (UE) 2023/970) es una ley vinculante de la UE que exige la igualdad retributiva para el mismo trabajo entre mujeres y hombres. Introduce normas obligatorias sobre divulgación salarial, informes de brecha salarial y derechos de los trabajadores.

Eslovaquia ya prohibía la discriminación salarial por razón de sexo en virtud de su Código del Trabajo, pero el 8 de mayo de 2026 fue más allá al publicar la Ley n.º 76/2026 Coll. sobre Igualdad de Retribución entre Hombres y Mujeres por un Trabajo Igual o de Igual Valor, que transpone plenamente la Directiva de la UE 2023/970. La ley entró en vigor el 7 de junio de 2026, el plazo a nivel de la UE, lo que convierte a Eslovaquia en uno de solo cuatro Estados miembros, junto con Italia, Lituania y Malta, que transpuso a tiempo. A diferencia de Portugal, Rumanía y Eslovenia, las empresas eslovacas ya operan bajo una ley plenamente promulgada y vinculante, en lugar de un borrador.

Los deberes básicos de transparencia de Eslovaquia, como la prohibición del historial salarial y la divulgación del rango salarial, se aplican a todas las empresas independientemente de su tamaño, mientras que el reporte estructurado de diferencia retributiva al Ministerio solo se aplica a las empresas con 100 o más empleados, dividido entre reporte trienal para las de entre 100 y 249 empleados y reporte anual para las de 250 o más empleados.

Qué deben hacer los empleadores en Eslovaquia

Todas las empresas, independientemente de su tamaño

  • Utilizar títulos y anuncios de empleo neutros en cuanto al género
  • Abstenerse de preguntar a los candidatos por su retribución actual o anterior
  • Divulgar un rango salarial o una cifra de retribución inicial en las ofertas de empleo o antes de la entrevista
  • Aplicar criterios objetivos y neutros en cuanto al género, como la complejidad, la responsabilidad y las condiciones de trabajo, al fijar la retribución

Empresas con 50 o más empleados

  • Hacer accesibles a los empleados los criterios utilizados para determinar la retribución y la progresión salarial, con deberes de divulgación que se intensifican a este tamaño
  • Responder a la solicitud de un empleado sobre su propia información retributiva y los niveles medios de retribución por sexo en un plazo de dos meses, más otros 30 días para explicaciones adicionales

Empresas con entre 100 y 149 empleados

  • Presentar un informe de diferencia retributiva de género al Ministerio de Trabajo cada tres años, con el primer informe vencido antes del 7 de junio de 2027
  • Llevar a cabo una Evaluación Conjunta de Retribución con los representantes de los empleados en un plazo de dos meses si persiste una brecha salarial injustificada del 5% o más durante seis meses

Empresas con 250 o más empleados

  • Presentar un informe de diferencia retributiva de género al Ministerio de Trabajo anualmente, con el primer informe vencido antes del 7 de junio de 2027
  • Estar preparadas para que la carga de la prueba se traslade a la empresa en cualquier reclamación de discriminación salarial, incluidos los casos en los que no se cumplieron las obligaciones de transparencia

Plazos clave

15 abr 2026 El Consejo Nacional aprueba la Ley de Igualdad Retributiva
23 abr 2026 El Presidente de Eslovaquia firma la ley
8 may 2026 Se publica formalmente la Ley n.º 76/2026 Coll.
7 jun 2026 Plazo de transposición a nivel de la UE; la ley eslovaca entra en vigor en esta misma fecha, cumpliendo el plazo
31 jul 2026 Plazo para que las empresas eslovacas cuenten con una estructura retributiva conforme y objetiva
7 jun 2027 Vencen los primeros informes de brecha salarial de género, anuales para empresas con 250 o más empleados y el primer informe trienal para las de entre 150 y 249 empleados
7 jun 2031 Vence el primer informe trienal para empresas con entre 100 y 149 empleados

Sanciones por incumplimiento en Eslovaquia

Las multas administrativas por incumplimiento del reporte oscilan entre 4.000 y 8.000 euros, y los reguladores deben conceder a las empresas un plazo de 15 días para corregir una infracción antes de imponer una multa; el importe exacto depende de la gravedad, duración, consecuencias y reincidencia de la infracción.

El Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, la Inspección de Trabajo, y el Centro Nacional Eslovaco de Derechos Humanos comparten la responsabilidad de hacer cumplir la Ley de Igualdad Retributiva.

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Nombre Nivel Ubicación Salario Etiquetas Acciones
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34000 EUR
En el mercado
In Market

PAGA MEDIA

39.4K EUR

PAGA MEDIANA

37.5K EUR

PAGA MEDIA MUJERES

38.3K EUR

PAGA MEDIANA MUJERES

36K EUR

PAGA MEDIA HOMBRES

40.5K EUR

PAGA MEDIANA HOMBRES

39K EUR

Brecha de género

Pago variable por género

Brecha salarial general

Paga media hombres N/A
Paga media mujeres N/A

Insights de brecha

Datos faltantes

Añade datos para ver insights de brecha

Distribución de antigüedad

Brecha por nivel (cuartiles)

-

Hombre
Mujer

Preguntas frecuentes sobre transparencia salarial en Eslovaquia

Sí. A diferencia de la mayoría de los demás países de la UE, Eslovaquia promulgó su propia Ley de Igualdad Retributiva, que entró en vigor el 7 de junio de 2026, cumpliendo el plazo de la UE, por lo que las empresas eslovacas ya están sujetas a estas normas hoy, no solo a un borrador.