Estado de la Directiva de Transparencia Salarial de la UE en Chipre: Incumplido: Borrador Avanzado
Chipre va más avanzado que la mayoría de los Estados miembros, pero aun así incumplió el plazo del 7 de junio de 2026. El Departamento de Relaciones Laborales, dependiente del Ministerio de Trabajo, Bienestar Social y Seguros Sociales, publicó un primer proyecto de ley en noviembre de 2025, titulado Ley de Refuerzo de la Aplicación del Principio de Igualdad de Retribución entre Hombres y Mujeres por un Trabajo Igual o de Igual Valor, mediante Mecanismos de Transparencia Retributiva y Ejecución de 2026, seguido de una versión actualizada el 26 de enero de 2026. El borrador va más allá de los requisitos mínimos de la Directiva, añadiendo sanciones penales y una posible responsabilidad personal para los directivos de la empresa. A día de hoy, el proyecto de ley no ha completado el proceso parlamentario y no se ha promulgado, por lo que ninguna de sus disposiciones está todavía en vigor. Propone obligaciones escalonadas de reporte de brecha salarial de género según el tamaño de la empresa, un derecho de los trabajadores a solicitar información retributiva, y evaluaciones conjuntas de retribución obligatorias cuando persistan brechas injustificadas. Dado que el texto todavía podría cambiar antes de su adopción final, las obligaciones exactas y sus fechas de inicio deben considerarse provisionales hasta que la ley se apruebe formalmente.
¿Qué es la transparencia salarial y a quién se aplica?
La Directiva de Transparencia Salarial de la UE (Directiva (UE) 2023/970) es una ley vinculante de la UE que exige la igualdad retributiva para el mismo trabajo entre mujeres y hombres. Introduce normas obligatorias sobre divulgación salarial, informes de brecha salarial y derechos de los trabajadores.
El marco de igualdad retributiva ya existente en Chipre se apoya en la Ley de Igualdad de Retribución entre Hombres y Mujeres por el Mismo Trabajo o un Trabajo de Igual Valor de 2002 (Ley 177(I)/2002), modificada posteriormente en 2009 para alinearse con las normas de la UE entonces vigentes. Junto a esta, la Ley de Igualdad de Trato entre Hombres y Mujeres en el Empleo y la Formación Profesional de 2002 prohíbe una discriminación de género más amplia en el lugar de trabajo. Chipre también debía transponer la Directiva de la UE sobre Transparencia Retributiva (2023/970) a su legislación nacional antes del 7 de junio de 2026, un plazo que ya ha pasado sin que el país haya completado el proceso.
Según la legislación chipriota actual, todas las empresas deben respetar el principio de igualdad retributiva independientemente de su tamaño. El proyecto de ley de transposición añadiría obligaciones de reporte de brecha salarial de género escalonadas según la plantilla: reporte anual para empresas con 250 o más empleados, reporte cada tres años para las de entre 150 y 249, y una incorporación posterior para las de entre 100 y 149, mientras que las empresas con menos de 100 empleados no estarían sujetas a reporte, aunque ninguno de estos umbrales es todavía ley.
Qué deben hacer los empleadores en Chipre
Todas las empresas, independientemente de su tamaño
- Cumplir el principio de igualdad retributiva ya existente en virtud de la Ley 177(I)/2002 para un trabajo igual o de igual valor
- Abstenerse de la discriminación retributiva por razón de sexo en virtud de la Ley de Igualdad de Trato de 2002
Propuesto en el borrador de transposición, aún no en vigor: empresas con 250 o más empleados
- Publicar informes anuales de brecha salarial de género que cubran las brechas retributivas medias y medianas, incluida la retribución variable
- Reportar el porcentaje de hombres y mujeres que reciben bonificaciones o retribución variable
- Divulgar la distribución de género en los cuartiles retributivos
- Registrar los datos salariales en un mecanismo nacional de reporte de transparencia salarial, según lo propuesto
Propuesto en el borrador de transposición, aún no en vigor: empresas con entre 150 y 249 empleados
- Reportar los mismos indicadores de brecha salarial de género cada tres años, empezando en el año que el borrador prevé como 2027
Propuesto en el borrador de transposición, aún no en vigor: empresas con entre 100 y 149 empleados
- Incorporarse al ciclo de reporte trienal a partir de una fecha posterior, prevista para 2031 según el borrador actual
Plazos clave
Sanciones por incumplimiento en Chipre
La legislación chipriota vigente sobre igualdad retributiva autoriza inspecciones y sanciones, pero los importes concretos de las multas por discriminación salarial no aparecen claramente publicados. El proyecto de ley de transposición propone una multa de hasta 10.000 euros y/o hasta seis meses de prisión por infracciones como no facilitar la información retributiva exigida, con el mismo rango de sanción propuesto para obstruir a un inspector de trabajo, además de la posibilidad de que los tribunales ordenen subsanar la infracción y pagar una compensación a los empleados afectados.
Se espera que el Departamento de Relaciones Laborales, dentro del Ministerio de Trabajo, Bienestar Social y Seguros Sociales, aplique estas normas, junto con los tribunales para las reclamaciones individuales de discriminación.
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Preguntas frecuentes sobre transparencia salarial en Chipre
No. Chipre incumplió el plazo de transposición de la UE del 7 de junio de 2026. Existe un proyecto de ley detallado que se actualizó en enero de 2026, pero no se había aprobado como ley chipriota a mediados de 2026.